Convocan al cuarto salón de pintura "7 de Marzo"

Hasta el 2 de marzo se reciben las obras para participar del Salón de Pintura de Carmen de Patagones. Se publican las bases completas y se pone a disposición la planilla de inscripción para su descarga.
REGLAMENTO lV SALÓN ANUAL DE PINTURA - 2012
ARTÍCULO PRIMERO: La Dirección de Cultura, organiza el IV Salón Anual de Pintura.
La inauguración será entre el 3 y el 5 de marzo. en la Casa de Cultura, Mitre 27 de Carmen de Patagones. Las obras permanecerán expuestas hasta el 31 de Marzo de 2012.
ARTÍCULO SEGUNDO: Pueden concurrir a este Salón los artistas oriundos o con dos (2) o más años de residencia en los Partidos de la Pcia. de Buenos Aires, también quedan incluidos los residentes de igual tiempo de las Provincias: Chubut , La Pampa, Neuquen, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
ARTÍCULO TERCERO: Podrán participar artistas premiados o no en Salones oficiales de carácter nacional, provincial o municipal.
ARTÍCULO CUARTO: Serán recibidas para su selección, todas las expresiones plásticas de pintura siempre que se ajusten a lo que determina el artículo quinto.
LA NO ADMISIÓN
ARTÍCULO QUINTO: No serán admitidas las siguientes obras:
1. Las que no lleven la firma del autor.
2. Las que no tengan adherido el rótulo de identificación.
3. Las que lleguen deterioradas o en malas condiciones.
4. Las copias (el plagio inhabilita al artista a presentaciones posteriores en este Salón).
5. Las obras de artistas fallecidos.
6. Las que no tengan los elementos para ser colgadas.
7. Las obras que en su medida superen 1.10 m. el lado mayor o sean menores de 0,40 inc/ marco.
8. Las obras de artistas que no tengan residencia fijada de acuerdo al artículo segundo.
9. Las obras que tengan más de DOS (2) años de su fecha de ejecución.
LA RECEPCIÓN DE OBRAS
ARTÍCULO SEXTO: Las obras destinadas a este Salón, deberán ser enviadas a nombre de la Dirección de Cultura, TE. 02920-463190, Mitre 27 - (8504) Carmen de Patagones, desde el 23 de Enero al 2 de marzo de 2012, fecha en que se realizará un acta dejando constancia de todas las obras ingresadas. Horario de atención de 8:00 a 12:00 hs.
ARTICULO SÉPTIMO: Los artistas concurrentes podrán presentar hasta dos obras.
ARTÍCULO OCTAVO: Es condición ineludible consignar los datos completos requeridos en la boleta de envío, la que deberá ser adherida al dorso de cada obra.
ARTÍCULO NOVENO: Las obras que lleguen habiendo vencido el plazo de admisión y antes de reunirse el jurado, podrán ser admitidas o no y seleccionadas, quedando la resolución a criterio del jurado.
ARTÍCULO DÉCIMO: Los gastos de envío y devolución de las obras, corren por cuenta de los autores.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Los organizadores velarán por la buena conservación de las obras mientras permanezcan en el ámbito físico de la Dirección, pero no se hacen responsables por eventuales deterioros, destrucciones o pérdidas que ocasione el traslado al y desde el domicilio a la Dirección de Cultura.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: No habiendo sido seleccionada la obra para el Salón, ésta podrá ser retirada a partir del primer día hábil de conocido el fallo del jurado. Clausurado el Salón, las obras seleccionadas que no hayan obtenido premio adquisición, deberán ser retiradas durante el mes de Abril de 2012 , de 08:00 a 12:00.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: El retiro de las obras, expuestas o no, sólo podrá hacerse en forma
personal contra la presentación del recibo que entregaron los organizadores al momento de la recepción. Si el retiro se hace a través de interpósito persona, ésta deberá presentar- además del recibo- una autorización fehaciente del autor de la obra.
CONSTITUCIÓN DEL JURADO
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: El Jurado se compondrá de miembros seleccionados por la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Patagones.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: El Jurado se reunirá en su totalidad. Para prevenir el caso de faltantes, se designarán previamente suplentes a tal efecto. Sus fallos y resoluciones son inapelables.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: A todos los efectos y fundamentalmente durante el desempeño del Jurado, las obras se identificarán únicamente por el número de recibo.
ARTICULO DÉCIMO SÉPTIMO: Los veredictos y resoluciones del jurado constarán en un acta, en la que figurará:
a) Copia del acta de cierre de recepción de obras
b) Nómina de obras aceptadas de acuerdo al artículo noveno y que no figuren en el acta de recepción.
c) Lista de obras seleccionadas.
d) Lista de obras no seleccionadas
e) Premios otorgados.
f) Premios declarados desiertos.
g) Demás resoluciones y aclaraciones que considere el Jurado.
h) La firma de todos los miembros del Jurado.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: La Dirección de Cultura, dará a publicidad los premios asignados, en un lapso máximo de dos (2) días hábiles después de emitidos los veredictos y fallos respectivos. También - en ese término - se efectuarán las comunicaciones correspondientes a los artistas premiados.
LOS PREMIOS
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: Se establecen las siguientes recompensas para el IV SALÓN ANUAL DE PINTURA de la Municipalidad de Patagones.
Primer Premio - Adquisición: $ 3.500- Placa
Segundo Premio: $ 2.000- Placa
Tercer Premio: Placa y Diploma
Menciones Especiales: Diploma
Obras seleccionadas: Diplomas
ARTÍCULO VIGÉSIMO: El artista que haya obtenido el primer premio, podrá presentarse en los Salones sucesivos pero no aspirar a estos premios, por un lapso de tres (3) Salones.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: La cantidad de menciones la determinará el Jurado. Igualmente podrá declarar desierta cualquiera de las recompensas establecidas para este Salón.
ARTICULO VIGÉSIMO SEGUNDO: El solo envío y/o presentación de una obra, implica – por parte del artista - el conocimiento y aceptación irrestricta del presente Reglamento del Salón.
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: Todo caso no previsto en los artículos que anteceden, será resuelto por la Dirección de Cultura y dado el caso - con consulta y/o acuerdo de los miembros del jurado.

